Traslado de Expediente para continuar los mismos estudios oficiales en la ULPGC

Reglamento regulador de los procedimientos de admisión por traslado de expediente para continuar estudios universitarios oficiales en la ULPGC

Resolución de la convocatoria para los traslados de expedientes 2024/2025

Resolución de la convocatoria para el curso 2025/2026 pendiente de publicación en el BOULPGC

📌Las plazas ofertadas por la Modalidad de Traslado de Expediente para cada titulación serán establecidas por cada Centro atendiendo a la matriculación de cursos anteriores.


📅​Solicitudes

Presentación de solicitudes a través de la Sede Electrónica de la ULPGC:

  • ✏️​1 al 31 de mayo de 2025, alumnado procedente del sistema educativo español
  • ✏️​Hasta el 20 de septiembre de 2025, alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros

📌Requisitos admisión

📍Tener superado un número de créditos que permitan el reconocimiento de al menos 30 créditos de la titulación a la que desea acceder

📍Tener una nota de admisión igual o superior a la establecida en la convocatoria anual de traslados de expedientes, en el caso de que esta sea fijada en la oferta de plazas de la titulación. 

📍Acreditar el cumplimiento de las normas de permanencia de la ULPGC en el caso del alumnado considerado por el procedimiento general. Este requisito no será aplicable para la admisión de alumnado con estudios universitarios extranjeros.

📍Reunir los requisitos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se establezca en la convocatoria anual.

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📌Procedimiento general de admisión

Alumnado que acceda a las titulaciones oficiales de la ULPGC procedente de:

  1. La misma titulación en distinta sede o modalidad cursada en la ULPGC
  2. De otra titulación cursada en la ULPGC
  3. De otras universidades de la misma u otra titulación del sistema educativo español.

📍Prelación

Grupo primero. El Estudiantado que provenga de estudios que habiliten para el ejercicio de la misma profesión regulada.

Grupo Segundo. El resto del estudiantado del sistema educativo español. 

📍Adjudicación

NO = 0,5 * NA + 0,5 * NE

NO es el número de ordenación

NA es la nota de acceso a la universidad; si no se aporta o no consta en la documentación presentada, se consignará un 5

NE es la nota media del expediente académico de los estudios cursados (calculada según el Real Decreto 1125/2003 de 5 de septiembre)

Las solicitudes se ordenarán de mayor a menor según el número de ordenación, dentro de cada grupo establecido (Grupo Primero o Grupo Segundo) y curso asignado (plazas ofertadas por los centros por curso) y se adjudicarán las plazas por este orden. En caso de empate, tendrá preferencia el expediente con más créditos superados. Si persiste, se acudirá a la mayor nota de acceso a la universidad. 

Una vez adjudicadas las plazas al Grupo Primero, si quedasen vacantes, se adjudicarán al Grupo Segundo


📌Procedimiento específico de admisión

Alumnado que acceda a las titulaciones oficiales de la ULPGC procedente de sistemas educativos universitarios extranjeros.

📍Ordenación de solicitudes

Número total de créditos superados en la titulación de origen

📍 Adjudicación

Se ordenarán las solicitudes de mayor a menor número de créditos superados, y se adjudicarán las plazas por este orden.

Este procedimiento se resolverá con posterioridad al general


📢NOTA: Los procedimientos de admisión por traslado de expediente y por preinscripción son compatibles, por lo que las personas interesadas podrán solicitar plaza por ambos procedimientos.